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UniversidaddeCádiz
Escuela Internacional de Doctorado en Estudios del Mar

Requisitos generales de acceso

Requisitos generales de acceso

Los requisitos generales de acceso a los estudios de doctorado están recogidos en el artículo 11 del Reglamento UCA/CG06/2012, de 27 de junio de 2012, por el que se regula la ordenación de los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz, según el cual:

Con carácter general, para el acceso a un Programa oficial de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario. Además, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Quienes estén en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
  • Quienes sean licenciados, arquitectos o ingenieros y estén en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o habiendo alcanzado la suficiencia investigadora prevista en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
  • Quienes estén posesión de un título oficial español de Graduado, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio complementos de formación específicos a los que se refiere el artículo 12 de este reglamento, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
  • Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
  • Quienes estén en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
  • Quienes estén en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

Requisitos específicos de admisión

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 del Reglamento UCA/CG06/2012, las comisiones académicas de los programas de doctorado podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes en el caso de que existan diversos perfiles de ingreso. Dichos criterios deberán estar incluidos en las correspondientes memorias de verificación de los programas.


Características de los Programas de Doctorado

  • La duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, a tiempo completo, a contar desde la admisión del doctorando en el programa hasta la presentación de la tesis doctoral. Podrán realizarse estudios de doctorado a tiempo parcial por causas debidamente justificadas y previa autorización de la comisión académica responsable del programa. Se contempla, además, la posibilidad de prórroga y de baja temporal del doctorando (artículo 14 del Reglamento UCA/CG06/2012, de 27 de junio).
  • El programa de doctorado está constituido por un conjunto organizado de actividades formativas y de investigación, cada una de las cuales comprende un número mínimo de horas de trabajo. Para dar por superadas esas actividades, será necesario completar un mínimo total de 600 horas, de acuerdo con lo establecido en la memoria de verificación del programa.
  • Al solicitar su admisión, el aspirante deberá indicar la línea de investigación de su preferencia de entre las ofertadas en el programa de doctorado. Corresponde a la comisión académica del programa asignar las líneas y nombrar a los tutores y directores de los doctorandos. De acuerdo con lo que establece el artículo 15 del Reglamento UCA/CG06/2012, el tutor es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora del doctorando a los principios de los programas y, en su caso, de las escuelas de doctorado. El tutor tiene, además, la obligación de velar por la interacción del doctorando con la comisión académica del programa y de supervisar su formación. El seguimiento de las actividades concretas que realizará el doctorando, de acuerdo con su tutor, se llevará a cabo a través de un registro individualizado que se concretará en el denominado Documento de actividades del doctorando.
  • Según recoge el punto 2 del artículo 4º de la Instrucción UCA/I03VP/2016, que define los procedimientos para la gestión del régimen de dedicación y permanencia en los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz, en el momento de su admisión, si es posible, o en todo caso dentro del plazo de los tres meses posteriores a su matriculación, a cada doctorando le será asignado un director de tesis por la comisión académica del programa. Por razones de índole académica, la comisión académica podrá autorizar la codirección de tesis. Preferentemente, el director de la tesis ejercerá las funciones asignadas al tutor. El nombramiento de un tutor distinto del director de tesis procederá cuando éste no esté adscrito al programa de doctorado en el que esté matriculado el doctorando.
  • Antes de la finalización del primer año desde su matriculación, el doctorando elaborará un Plan de Investigación que incluirá, al menos, un resumen de la investigación que se propone realizar, la exposición de los antecedentes, la metodología a utilizar, los objetivos que se pretenden alcanzar y la bibliografía disponible brevemente comentada. El Plan describirá los medios de los que se dispone para su realización e incluir una propuesta de planificación temporal. Anualmente, la comisión académica del programa evaluará el Plan de Investigación y el Documento de actividades de cada doctorando junto con los informes que, a tal efecto, deberán emitir el tutor y el director de la tesis.
  • El doctorado culminará con la superación de la defensa de una tesis doctoral, que consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el doctorando y relacionado con el campo científico, técnico o artístico del programa de doctorado realizado, y que deberá capacitar al doctorando para el trabajo autónomo y profesional en el ámbito de la I+D+.