Resolución Definitiva: Segunda Convocatoria de Ayudas para la realización de Actividades Formativas de las Escuelas de Doctorado (curso académico 2017/18)
Contra esta resolución definitiva, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, conforme la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92
Los seleccionados deberán entregar la aceptación de ayuda (Descarga: Anexo III) y el acuerdo financiero (Descarga: Anexo IV) a través del CAU de la Oficina de Posgrado, en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva. Si una vez transcurrido este tiempo no se ha aceptado la ayuda, se entenderá que el solicitante la ha rechazado. Si la actividad ya hubiera sido realizada, se deberá adjuntar también la documentación justificativa correspondiente.
Se recuerda a todos los beneficiarios de ayudas que, según bases de la convocatoria (punto 9), será condición necesaria, si no lo han hecho ya, presentar los correspondientes documentos justificativos de las actividades financiadas, así como cumplimentar en todos los casos el “Acuerdo financiero” (Anexo IV), tal como se indica anteriormente y en el punto 10.