RESOLUCIONES DEFINITIVAS – Ayudas para Estancias de Investigación en Centros Extranjeros de Prestigio Internacional – Convocatoria 2020
Contra esta resolución definitiva, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285 de 27/11/92).
Los beneficiarios deberán presentar en el plazo máximo de un mes, desde la finalización de la actividad, certificado de realización de una estancia pre-doctoral con indicación del periodo y un breve resumen de la actividad realizada firmada por el investigador receptor.
Los seleccionados deberán entregar la aceptación de ayuda (Anexo III) y el acuerdo financiero (Anexo IV) a través del CAU de la Oficina de Posgrado: https://cau-posgrado.uca.es, en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva. Si una vez transcurrido este tiempo no se ha aceptado la ayuda, se entenderá que el solicitante la ha rechazado. Si la actividad ya hubiera sido realizada, se deberá adjuntar también la documentación justificativa correspondiente. Aquellos solicitantes que no tuvieran el plan de investigación aprobado en el momento de solicitud de la ayuda, deberán aportar justificante de tener aprobado el plan de investigación por parte de la Comisión Académica.
Documentos solicitados por el área de gestión económica:
El CAU para solicitar el 20% restante, una vez finalice la estancia es el siguiente:
Ayudas doctorado: aceptación de la ayuda (anexo III y anexo IV) para recibir el 20% restante