Procedimientos de control y seguimiento del doctorando
Responsabilidades de la Comisión Académica del Programa de Doctorado en la supervisión de los doctorandos
Según establece el artículo 7.º Reglamento UCA/CG06/2012, de 27 de junio de 2012, por el que se regula la ordenación de los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz, la comisión académica es el órgano responsable de la definición del programa de doctorado, de su actualización, calidad y coordinación, así como del progreso de la investigación y de la formación de cada doctorando del Programa.
En el ámbito de la supervisión del Programa de doctorado, corresponde a la Comisión Académica:
– Organizar, diseñar y coordinar las actividades de formación e investigación del programa de doctorado.
– Controlar el cumplimiento de los procedimientos de asignación del tutor y del director, de la elaboración del documento de actividades de cada doctorando, de la valoración anual del plan de investigación y del documento de actividades del doctorando, del control de la calidad de las tesis doctorales y de la valoración de las actividades de fomento de dirección y supervisión múltiple de tesis doctorales. Para realizar estas funciones puede nombrar una comisión de seguimiento.
– Organizar el programa de movilidad de los doctorandos y analizar sus resultados.
– Planificar la adquisición de las competencias previstas tanto para los doctorandos a tiempo completo como a tiempo parcial.
– Velar por el seguimiento de los doctores egresados del Programa.
– Autorizar la incorporación de nuevo profesorado al programa de doctorado y la colaboración de profesionales en actividades específicas.
– Coordinar la gestión de las solicitudes de ayudas públicas o privadas al programa, a sus alumnos y a los investigadores, destinadas al fomento de la movilidad, la internacionalización o la excelencia.
– Resolver las dudas o controversias que pudieran plantearse en el desarrollo del programa de doctorado.
– Otras funciones que pueda asignarle la escuela de doctorado o el centro al que esté adscrito el programa de doctorado o algunas de sus líneas de investigación.
En relación con los doctorandos, corresponde a esta comisión las siguientes funciones:
– Establecer los complementos de formación metodológica y científica del doctorando, según los perfiles de acceso.
– Asignar a los alumnos de doctorado el tutor y/o el director de tesis.
– Autorizar la realización de los estudios de doctorado a tiempo parcial y la prórroga del plazo para presentar la tesis doctoral. Conceder la baja temporal en el programa de doctorado.
– Evaluar anualmente el Plan de Investigación y el documento de actividades de los doctorandos, junto con los informes de los tutores y los directores de tesis, para elevarlos a la Comisión de Doctorado de la Universidad de Cádiz, que asumirá la certificación de los datos obtenidos y su presentación y su publicación.
– Velar porque la tesis cumpla con los requisitos señalados en este reglamento y que ha superado el control de calidad requerido, autorizando, si procede, su presentación.
– Autorizar que las tesis puedan concurrir a la Mención Internacional.
– Proponer los miembros del tribunal que evaluará la tesis doctoral, para su nombramiento por la Comisión de Doctorado de la Universidad de Cádiz.
– La autorización, el seguimiento y el control de las tesis doctorales en régimen de cotutela.