Requisitos específicos de acceso: Ciencias y Tecnologías Marinas (8205)
De acuerdo con lo que establece el artículo 12 del Reglamento UCA/CG06/2012, las comisiones académicas de los programas de doctorado podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes en el caso de que existan diversos perfiles de ingreso. Dichos criterios deberán estar incluidos en las correspondientes memorias de verificación de los programas.
Estos complementos de formación deberán ajustarse a cada uno de los perfile.
Respecto a la selección, se seguirán los principios de objetividad, imparcialidad, mérito y capacidad, y se tendrán en cuenta los criterios siguientes (se indica en porcentaje el peso relativo de cada uno de ellos, a efectos de baremación):
1. Justificación de un contrato predoctoral de investigación o de una vinculación estable con una institución o empresa. Hasta 5 puntos.
2. Proyecto de tesis, avalado por un Investigador de reconocido prestigio, preferentemente del programa de doctorado, con disponibilidad para asumir la dirección o codirección de la tesis. Hasta 2 puntos.
3. Adecuación de la formación del candidato (grado, máster) a las líneas de investigación del programa de doctorado. Hasta 1,5 puntos
4. Otros méritos (publicaciones, nivel de idiomas, cursos, etc.). Hasta 1,5 puntos.
La admisión al Programa requerirá una puntación mínima de 4 puntos.
Adicionalmente la Comisión Académica del Programa podrá realizar una entrevista personal a los candidatos con mayor puntuación, a los que se les requerirá resumen del proyecto de investigación que pretenden desarrollar valorando su viabilidad e interés científico así como la adecuación del mismo a las líneas de investigación del programa.
Los criterios de admisión serán comunes para los alumnos a tiempo completo y a tiempo parcial, quienes tendrán que establecer y justificar su dedicación en la solicitud de admisión
En cualquier caso, la admisión y selección quedará restringida al número de plazas de nuevo ingreso ofertadas en el Programa de Doctorado en las distintas anualidades, pudiendo la Comisión Académica establecer una lista de reserva.
La Comisión Académica podrá establecer nuevos criterios compatibles con los anteriores para concretar la aplicación de los principios y criterios enunciados.
A partir de las preinscripciones presentadas, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que regulará todo el proceso de admisión, aplicará los criterios de valoración y publicará un listado provisional de admitidos, según el calendario publicado a tal efecto, a través de la aplicación de los servicios de gestión telemática de expedientes de Doctorado de la Universidad de Cádiz. Tras la fase de alegaciones y resolución de las mismas, se publicará el listado definitivo de admitidos en el programa de Doctorado. a través del mismo procedimiento empleado con la resolución provisional.