Comité de Dirección
Según los Artículos 8º y 9º del Reglamento de Régimen Interno de EDUCA (Escuela de Doctorado de la Universidad de Cádiz):
- El Comité de Dirección es el órgano colegiado de gobierno ordinario de la Escuela, encargado de la ejecución de las normas que regulen la actuación del centro y del cumplimiento de los acuerdos, las directrices y las instrucciones que fije el Consejo Rector.
- Su composición será la siguiente:
a) El Director/a de la Escuela: José Mª González Molinillo
b) El Secretario/a de la Escuela
EDUCA: Gerard Fernández Smith
EIDEMAR: Juan Adolfo Chica Ruiz
c) Los coordinadores/as de los Programas de Doctorado integrados en la Escuela.
EDUCA
- PD ARTES Y HUMANIDADES: Dr. D. Julio Pérez Serrano
- PD BIOMOLÉCULAS: Dra. D.ª Rosa M.ª Durán Patrón
- PD CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE: D. José Castro Piñero
- PD CIENCIAS DE LA SALUD: Dr. D. Bernardo Moreno López
- PD CIENCIAS SOCIALES, CRIMINOLÓGICAS Y DEL COMPORTAMIENTO: Dra. D.ª María Josefa Rodríguez Mesa
- PD COMUNICACIÓN: Dr. D. David Selva Ruiz
- PD DERECHO: D. Arturo Álvarez Alarcón
- PD DIRECCIÓN DE EMPRESAS Y ENTORNO ECONÓMICO: Dr. D. Fernando Martín Alcázar
- PD FABRICACIÓN, MATERIALES E INGENIERÍA AMBIENTAL: Dr. D. Javier Botana Pedemonte
- PD INGENIERÍA ENERGÉTICA Y SOSTENIBLE: Dr. D. Luis Miguel Fernández Ramírez
- PD INGENIERÍA INFORMÁTICA: Dr. D. Pedro Luis Galindo Riaño
- PD INVESTIGACIÓN Y PRÁCTICA EDUCATIVA: Dª Rosa María Vázquez Recio
- PD LINGÜISTICA: Dra. Dª. Mª Tadea Díaz Hormigo
- PD MATEMÁTICAS: Dr. D. Francisco Ortegón Gallego
- PD NANOCIENCIA Y TECNOLOGÍA DE MATERIALES: Dra. Dª Miriam Herrera Collado
- PD RECURSOS AGROALIMENTARIOS: Dr. D. Jorge Bolívar Pérez
- PD TURISMO: D. Manuel Arana Jiménez
- PD CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS: Dª. Margarita Castilla Barea
EIDEMAR
- PD CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS MARINAS: Dra. Dª. Laureana Rebordinos González
- PD GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DEL MAR: Dra. Dª. Laura Martín Díaz
- PD HISTORIA Y ARQUEOLOGÍA MARÍTIMAS: Dr. D. Darío Bernal Casasola
- PD RECURSOS MARINOS: Dr. D. Juan Miguel Mancera Romero
d) En su caso, un representante de cada una de las entidades colaboradoras de la Escuela que, según el convenio correspondiente, tengan derecho a integrar el Comité de Dirección de la Escuela.
e) Tres representantes de los doctorandos/as de la Escuela.
f) Un representante del Personal de Administración y Servicios de la Escuela.
- El Comité de Dirección de la Escuela se renovará cada cuatro años, de conformidad con el procedimiento que acuerde el Consejo Rector de la Escuela. Se exceptúa de este mandato al Director de la Escuela, sobre cuyo nombramiento y cese decidirá en cada caso el Rector.
Competencias del Comité de Dirección de la Escuela
- El Comité de Dirección de la Escuela es el responsable de la organización y la gestión de la Escuela, según las directrices que en cada momento dicte el Consejo Rector.
- En particular, corresponden al Comité de Dirección las siguientes funciones:
a) La asistencia al Consejo Rector en las labores que éste le encomiende.
b) La coordinación de los títulos y actividades que se impartan y gestione el Centro.
c) La coordinación de las actividades y funciones que se encomienden a las comisiones académicas de los Programas de Doctorado o a las comisiones de otros títulos, en particular los de Máster.
d) La propuesta de los Programas de Doctorado al Consejo Rector de la Escuela, para su posterior elevación a la Comisión de Doctorado de la Universidad de Cádiz, y coordinar la gestión de los Programas de Doctorado.
e) La información de las propuestas de los coordinadores de los Programas de Doctorado de la Escuela, la decisión sobre la redacción de la correspondiente memoria o su modificación y la elevación de los correspondientes informes al Consejo Rector de la Escuela para su aprobación.
f) La formulación de la propuesta de la composición de las comisiones académicas de los programas de Doctorado de la Escuela al Consejo Rector de la Escuela, para su posterior elevación a la Comisión de Doctorado de la Universidad de Cádiz así como el cese y la sustitución de sus miembros.
g) La aprobación de la incorporación y el cese de los miembros de los Programas de Doctorado de la Escuela, atendiendo a los términos de los informes de las comisiones académicas.
h) La fijación de las actividades de formación transversal de los doctorandos/as, definiendo y regulando las actividades de interés para la formación de doctorandos/as.
i) La propuesta al Consejo Rector de medidas de colaboración con otras entidades, preparando las propuestas de convenios para su aprobación por el Consejo Rector y su posterior tramitación.
j) La aprobación de informe anual del Director de la Escuela, que deberá incluir una memoria de las actividades de la Escuela y del Plan estratégico anual de la Escuela.
k) La propuesta y la ejecución del presupuesto de la Escuela.
l) El ejercicio de las funciones que cualquier norma confíe a comisiones de centros, mientras no exista una específica en la Escuela que asuma esas funciones y se modifique en consecuencia este Reglamento.
Enlace: Actas y Acuerdos